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martes, 04 agosto 2015 / Published in Publicación anterior a 07/2023

RMG – Decreto del Rector Mayor sobre la comunidad de Eritrea

(ANS – Roma)– El 23 de julio pasado, durante la sesión de verano, el Rector Mayor, Don Ángel Fernández Artime, con el Consejo General, ha tomado la decisión de transferir temporalmente las comunidades de Eritrea (Asmara y Dekemahare) a su “directa dependencia”, como es el caso de la Casa General y de la comunidad del Vaticano. Don Á.F. Artime está muy interesado en reforzar la presencia salesiana en  Eritrea.

El RECTOR MAYOR de la Sociedad Salesiana de San Juan Bosco, P. Ángel FERNÁNDEZ ARTIME

DECRETA

Que las comunidades salesianas «San Juan Bosco» con sede en Asmara y «San Giustino de Jacobis» con sede en Dekemhare, que pertenecena la Visitaduría de Etiopía y Eritrea, pasen temporalmente a estar bajo ladirecta dependencia del Rector Mayor consu Consejo.

Se las conoce como «comunidades directamente dependientes del Rector Mayor”; en el anuario de la Congregación figurarán con la sigla RMG; están reguladas según las modalidades siguientes.

1. El Rector Mayor, por el ejercicio ordinario de sus competencias, derechos y facultades, otorga mandato especial a un Consejero General.

2. Las susodichas dos comunidades quedan constituidas en Delegación de Eritrea con su proprio Estatuto y Delegado, nombrado por el Rector Mayor con su Consejo.

3. Las dos comunidades están dirigidas por los Directores con sus respectivos Consejos, a norma de las Constituciones. Los Directores son nombrados por el Rector Mayor con su Consejo, después de la oportuna consulta entre los hermanos de la misma comunidad.

4. Los hermanos jurídicamente adscritos a las dos comunidades en cuestión dejan de pertenecer a la Visitaduría AET.

5. Por lo que se refiere al Capítulo General,  los Directores y un delegado elegido entre los hermanos de las dos comunidades participan en la asamblea (Astra) constituida en la Casa General en preparación al Capítulo general mismo, a norma del Estatuto de la comunidad de la misma Casa General.

El presente decreto entrará en vigor a partir del 1 de agosto de 2015.

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